§ 4081. Rebaja de la renta—Esterilidad de la tierra; pérdida de frutos proveniente de casos fortuitos

PR Laws tit. 31, § 4081 (2018) (N/A)
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El arrendatario no tendrá derecho a rebaja de la renta por esterilidad de la tierra arrendada o por pérdida de frutos proveniente de casos fortuitos ordinarios, pero sí en caso de pérdida de más de la mitad de frutos por casos fortuitos extraordinarios e imprevistos, salvo siempre el pacto especial en contrario.

Entiéndese por casos fortuitos extraordinarios: el incendio, guerra, peste, inundación insólita, langosta, terremoto u otro igualmente desacostumbrado,y que los contratantes no hayan podido racionalmente prever.