§ 4052. Obligaciones del arrendatario

PR Laws tit. 31, § 4052 (2018) (N/A)
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(1) A pagar el precio del arrendamiento en los términos convenidos.

(2) A usar de la cosa arrendada como un diligente padre de familia, destinándola al uso pactado; y en defecto de pacto, al que se infiera de la naturaleza de la cosa arrendada según la costumbre de la tierra.

(3) A pagar los gastos que ocasione la escritura del contrato.