§ 3874. Derecho del vendedor cuando teme perder cosa inmueble
PR Laws tit. 31, § 3874 (2018) (N/A)
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Si el vendedor tuviere fundado motivo para temer la pérdida de la cosa inmueble vendiday el precio, podrá promover inmediatamente la resolución de la venta.
Si no existiere este motivo, se observará lo dispuesto en la sec. 3052 de este título.