§ 3855. Saneamiento por defectos o grávamenes ocultos—Devolución del animal al rescindirse la venta

PR Laws tit. 31, § 3855 (2018) (N/A)
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Resuelta la venta, el animal deberá ser devuelto en el estado en que fue vendido y entregado, siendo responsable el comprador de cualquier deterioro debido a su negligencia, y que no proceda del vicio o defecto redhibitorio.