§ 3691. Inventario de los bienes

PR Laws tit. 31, § 3691 (2018) (N/A)
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(1) Cuando disuelta la sociedad, haya renunciado a sus efectos y consecuencias en tiempo hábil, uno de los cónyuges o sus causahabientes.

(2) Cuando a la disolución de la sociedad haya precedido la separación de bienes.

(3) En el caso a que se refiere el párrafo segundo de la sec. 3681 de este título.