§ 3558. Modificaciones que afecten a tercero

PR Laws tit. 31, § 3558 (2018) (N/A)
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(1) Que en el respectivo protocolo, por nota marginal, se haga indicación del acta notarial o escritura que contenga las alteraciones de la primera estipulación, y

(2) que en caso de ser inscribible el primitivo contrato en el registro de la propiedad, se inscriba también el documento en que se ha modificado aquél.