§ 3277. Documentos públicos—Apreciación de la inscripción en registro público

PR Laws tit. 31, § 3277 (2018) (N/A)
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La inscripción, en cualquier registro público, de un documento que haya desaparecido, será apreciada según la regla de los dos últimos párrafos de la sec. 3276 de este título.