§ 3275. Documentos públicos—Copias de documentos públicos

PR Laws tit. 31, § 3275 (2018) (N/A)
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Las copias de los documentos públicos de que exista matriz o protocolo, impugnadas por aquéllos a quienes perjudiquen, sólo tendrán fuerza probatoria cuando hayan sido debidamente cotejadas.

Si resultare alguna variante entre la matriz y la copia, se estará al contenido de la primera.