§ 3222. Requisitos

PR Laws tit. 31, § 3222 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

(1) Que cada uno de los obligados lo esté principalmente, y sea a la vez acreedor principal del otro.

(2) Que ambas deudas consistan en una cantidad de dinero, o siendo fungibles las cosas debidas, sean de la misma especie y también de la misma calidad, si ésta se hubiese designado.

(3) Que las dos deudas estén vencidas.

(4) Que sean líquidas y exigibles.

(5) Que sobre ninguna de ellas haya retención o contienda promovida por terceras personas y notificada oportunamente al deudor.