§ 3165. Aceptación de prestación o servicio de un tercero
PR Laws tit. 31, § 3165 (2018) (N/A)
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En las obligaciones de hacer el acreedor no podrá ser compelido a recibir la prestacióno el servicio de un tercero, cuando la calidad y circunstancias dela persona del deudor se hubiesen tenido en cuenta al establecerla obligación.