§ 3063. Beneficio del término designado en las obligaciones
PR Laws tit. 31, § 3063 (2018) (N/A)
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Siempre que en las obligaciones se designa un término, se presume establecido en beneficio de acreedor y deudor, a no ser que del tenor de aquéllas o de otras circunstancias resultara haberse puesto en favor del uno o del otro.