§ 2592. Disposición de la herencia a falta de herederos testamentarios
PR Laws tit. 31, § 2592 (2018) (N/A)
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A falta de herederos testamentarios, la ley defiere la herencia, según las reglas que se expresarán, a los parientes legítimos y naturales del difunto, al viudo o viuda, y al Estado Libre Asociado de Puerto Rico.