§ 2500. Aceptación y repudio—Partes del legado

PR Laws tit. 31, § 2500 (2018) (N/A)
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El legatario no podrá aceptar una parte del legado y repudiar la otra si ésta fuere onerosa.

Si muriese antes de aceptar el legado dejando varios herederos, podrá uno de éstos aceptar y otro repudiar la parte que le corresponda en el legado.