§ 2499. Disposición de legado rehusado o ineficaz

PR Laws tit. 31, § 2499 (2018) (N/A)
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Cuando el legatario no pueda o no quiera admitir el legado, o éste por cualquier causa, no tenga efecto, se refundirá en la masa de la herencia, fuera de los casos de substitución y derecho de acrecer.