§ 2310. Substituciones fideicomisarias—Llamamientos deberán ser expresos; deber del fiduciario

PR Laws tit. 31, § 2310 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Para que sean válidos los llamamientos a la substitución fideicomisaria, deberán ser expresos.

El fiduciario estará obligado a entregar la herencia al fideicomisario, sin otras deducciones que las que correspondan por gastos legítimos, créditos y mejoras, salvo el caso en que el testador haya dispuesto otra cosa.