§ 2304. Substitutos a descendientes—Herederos del substituido
PR Laws tit. 31, § 2304 (2018) (N/A)
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Las substituciones de que hablan las dos secciones anteriores, cuando el substituido tenga herederos forzosos, sólo serán válidas en cuanto no perjudiquen los derechos legitimarios de éstos.