§ 2266. Herencia por descendientes de incapacitado

PR Laws tit. 31, § 2266 (2018) (N/A)
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Si el excluido de la herencia por incapacidad fuere hijo o descendiente del testador, y tuviere hijos o descendientes, adquirirán éstos su derecho a la legítima.

El excluido no tendrá el usufructo y administración de los bienes que por esta causa hereden sus hijos.