§ 2086. Sucesión testamentaria o legítima

PR Laws tit. 31, § 2086 (2018) (N/A)
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La sucesión se defiere por la voluntad de la persona manifestada en testamento, y a falta de éste, por disposición de la ley.

La primera se llama testamentaria, y la segunda legítima.

Podrá también deferirse en una parte por voluntad de la persona, y en otra por disposición de la ley.