§ 2026. Derechos que puede reservarse el donante

PR Laws tit. 31, § 2026 (2018) (N/A)
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Podrá reservarse el donante la facultad de disponer de algunos de los bienes donados, o de alguna cantidad con cargo a ellos; pero si muriere sin haber hecho uso de este derecho, pertenecerán al donatario los bienes o la cantidad que se hubiese reservado.