§ 1902y. Terminación del plan de propiedad vacacional, y fusión de propiedad final inscrita en casos de plan de propiedad vacacional sujeto a derechos de propiedad de naturaleza real

PR Laws tit. 31, § 1902y (2018) (N/A)
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(1) Los titulares, incluyendo al desarrollador de una propiedad dedicada a un plan de propiedad vacacional consistente de derechos vacacionales de naturaleza real mediante una mayoría del cincuenta y un por ciento (51%) del poder de votación de todos los titulares, podrán terminar el plan y requerir del Registrador de la Propiedad:

(a) La reagrupación o fusión de las fincas filiales correspondientes a la finca matriz de cada derecho de propiedad vacacional; y

(b) la reagrupación o fusión de los alojamientos (fincas) filiales en la finca matriz.

(2) A la expiración del término por el cual el plan de propiedad vacacional fue constituido, el plan terminará automáticamente y el desarrollador y los titulares tendrán en la totalidad de la propiedad mueble e inmueble que en el momento pertenezca al plan de propiedad vacacional una participación equivalente a la proporción que sus respectivas participaciones guarden, en el momento de dicha expiración, en el total de todas las participaciones en la misma; y cualquier gravamen sobre cualquier derecho de propiedad vacacional se convertirá en un gravamen sobre el interés común proindiviso sobre la totalidad de la propiedad mueble e inmueble correspondiente al titular anterior del derecho de propiedad vacacional, sujeto al gravamen. En tal caso el desarrollador o cualquier titular podrá requerir del Registrador de la Propiedad:

(a) La reagrupación o fusión de las fincas filiales correspondientes a cada finca matriz de un derecho de propiedad vacacional; y

(b) la reagrupación o fusión de los alojamientos (fincas) filiales en la finca matriz de acuerdo con las disposiciones del párrafo precedente de esta sección; y

(c) la inscripción de las correspondientes participaciones comunes pro-indivisas resultantes sobre la propiedad anteriormente dedicada al plan.