§ 1774. Ventanas y balcones—Medida de las distancias

PR Laws tit. 31, § 1774 (2018) (N/A)
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Las distancias, de que se habla en la sección anterior, se contarán en las vistas rectas desde la línea exterior de la pared en los huecos en que no haya voladizos, desde la línea de éstos donde los haya, y para las oblicuas desde la línea de separación de las dos propiedades.