§ 1554. Cargas y contribuciones de cuenta del usufructuario
PR Laws tit. 31, § 1554 (2018) (N/A)
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Salvo lo dispuesto en la sección siguiente, el pago de las cargas y contribuciones anuales y el de las que se consideren gravámenes de los frutos, serán de cuenta del usufructuario todo el tiempo que el usufructo dure.