§ 1523. Aprovechamiento de pies muertos en plantaciones
PR Laws tit. 31, § 1523 (2018) (N/A)
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El usufructuario de cañaverales, cafetales u otros árboles o arbustos, podrá aprovecharse de los pies muertos, y aun de los tronchados o arrancados por accidente, con la obligación de reemplazarlos por otros.