§ 1443. Trasmisión de la posesión de bienes hereditarios

PR Laws tit. 31, § 1443 (2018) (N/A)
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La posesión de los bienes hereditarios se entiende trasmitida al heredero sin interrupción y desde el momento de la muerte del causante, en el caso de que llegue a adirse la herencia.

El que válidamente repudia una herencia se entiende que no la ha poseído en ningún momento.