§ 503. Hijos naturales—Prueba del reconocimiento

PR Laws tit. 31, § 503 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

En ninguna acción criminal o civil contra el padre o la madre que hubiese reconocido a un hijo que no tenía la condición de hijo natural según la legislación anterior, podrá presentarse como evidencia el hecho de tal reconocimiento, a menos que se trate de una acción incoada por el hijo en reclamación de su derecho como tal.