§ 731. Nombramiento de tutor por los tribunales

PR Laws tit. 31, § 731 (2018) (N/A)
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No habiendo tutor testamentario, ni personas llamadas por ley a ejercer la tutela vacante, o no reuniendo el que hubiere las cualidades que exige la ley, corresponde al Tribunal de Primera Instancia nombrar como tutor a una persona de reconocida probidad en todos los casos de la sec. 662 de este título.

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