§ 6296. Dueño inmediato anterior fallecido; designación de herederos en escrito inicial; personas ignoradas

PR Laws tit. 30, § 6296 (2018) (N/A)
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Si el inmediato anterior dueño ha fallecido, el promovente expresará en el escrito inicial los nombres de los herederos. De no conocer sus nombres, expresará que son personas ignoradas o desconocidas.

No será preciso justificar documentalmente la cualidad de herederos o causahabientes. De éstos comparecer, deberán informar al tribunal si los conocen, los nombres y domicilios de cualesquiera otros herederos para que el tribunal pueda tomar las medidas que estime convenientes.