§ 6234. Segregación de fincas en dos (2) o más demarcaciones

PR Laws tit. 30, § 6234 (2018) (N/A)
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Cuando se segregue parte de una finca que radique en dos (2) o más demarcaciones y la finca a segregarse pertenece a una sola de aquéllas, el título se presentará en la sección donde se mantiene el historial de la finca matriz. El Registrador calificará el título e inscribirá la segregación en la sección que corresponda. La descripción del remanente en los casos que proceda y la nota de segregación que corresponda, formarán parte del historial de la finca matriz.