§ 8732. Reglamentación

PR Laws tit. 3, § 8732 (2018) (N/A)
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El Departamento de Hacienda y la Oficina de Gerencia y Presupuesto promulgarán, dentro de los ciento ochenta (180) días luego de la aprobación de esta ley, la reglamentación necesaria para la efectiva consecución de este capítulo.