§ 8661. Política pública

PR Laws tit. 3, § 8661 (2018) (N/A)
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Será política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que sus agencias, instrumentalidades, corporaciones públicas y sus demás organismos institucionales, propicien que sus procesos de compra de bienes y servicios se enmarquen en condiciones y mecanismos de compras, que permitan a la industria local ofrecer sus productos y servicios en circunstancias flexibles, justas y altamente participativas.

En virtud de ello, se declara como política pública del Estado que en el marco regulatorio de los procesos de compra de todos sus organismos, se contemple y se incorpore uno de los instrumentos de compra adicional a ser utilizado, el mecanismo del contrato de selección múltiple, permitiendo así su adopción y utilización cuando las circunstancias de la adjudicación y los mejores intereses de la entidad adjudicadora recomienden su uso y aplicación.