§ 8594. Adscripción

PR Laws tit. 3, § 8594 (2018) (N/A)
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El Programa establecido en este capítulo estará adscrito a la Oficina del Procurador del Ciudadano y se autoriza a dicha agencia a adoptar aquella reglamentación que estime pertinente para cumplir los propósitos de este capítulo.