§ 8591. Funcionamiento

PR Laws tit. 3, § 8591 (2018) (N/A)
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Toda agencia o instrumentalidad pública tendrá disponible, en las oficinas que brinden servicio al cliente, unos formularios en los que éstos puedan evaluar la calidad del servicio obtenido y sugerir cambios que se puedan implementar para mejorar el mismo.

Dichos formularios se depositarán en un buzón que estará debidamente identificado con el nombre del programa y la palabra “Sugerencias”. Este, será colocado en un lugar visible a todas las personas que acudan a las facilidades públicas a recibir servicios.

Se dispone que las recomendaciones hechas por los clientes sean evaluadas por los representantes autorizados del Jefe, Secretario o Director Ejecutivo. Dicha Oficina tomará conocimiento de lo informado, documentará los resultados y referirá a cada director de división u oficina para que se implementen cambios dirigidos a corregir fallas y mejorar la calidad del servicio ofrecido.