§ 7060. Nuevo beneficio

PR Laws tit. 3, § 7060 (2018) (N/A)
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La Junta de Calidad Ambiental de Puerto Rico será responsable por el pago de cualquier nuevo beneficio que se conceda por ley a los pensionados acogidos a este Plan de Retiro Temprano, antes de alcanzar el término para acogerse a una pensión por mérito, según las secs. 761 et seq. de este título.