§ 5019. Participación

PR Laws tit. 3, § 5019 (2018) (N/A)
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Toda persona que al 30 de diciembre de 2000 haya cumplido veinticinco (25) años de servicios acreditables tendrá derecho a acogerse al programa, voluntariamente, previa certificación por parte de la agencia para la cual trabaja esa persona de que el puesto que ocupa no es necesario.

Las agencias que se acojan al programa deberán emitir una certificación de los puestos que excedan sus necesidades. Dicha certificación deberá ser dirigida a la Oficina de Gerencia y Presupuesto.