§ 1753d. Fondo especial

PR Laws tit. 3, § 1753d (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Se crea en el Tesoro de Puerto Rico un fondo especial, sin año fiscal determinado, que estará bajo la administración del Secretario de Justicia, al cual ingresarán todos los fondos provenientes del cobro de los aranceles para procedimientos administrativos y los gastos incurridos en los procedimientos ante la Comisión. La Comisión utilizará los recursos de este fondo especial para los propósitos y fines autorizados por este capítulo.

Los recursos que ingresen a este Fondo Especial se contabilizarán en los libros del Secretario de Hacienda en forma separada de cualesquiera fondos de otras fuentes que reciba el Departamento de Justicia, a fin de que se facilite su identificación y uso.