(a) Se crea como una entidad legal del Gobierno de Puerto Rico.
(b) La Comisión tendrá un sello oficial con las palabras “Puerto Rico Statehood Commission” y el diseño que dicha entidad disponga.
(c) La Comisión deberá contar con un portal bilingüe, con los idiomas español e inglés, en el Internet con información sobre sus propósitos y gestiones.
(d) La Comisión estará adscrita a la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico (en adelante, PRFAA por sus siglas en inglés).