§ 1632b-1. Programas de internado

PR Laws tit. 3, § 1632b-1 (2018) (N/A)
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(a) Los programas de internados estarán adscritos a la Oficina de Asuntos de la Juventud y serán dirigidos y administrados por su Director Ejecutivo, salvo aquellos que estén adscritos por ley u orden ejecutiva a otra agencia.