§ 1470a. Nombramiento del(de la) Director(a)

PR Laws tit. 3, § 1470a (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

La Oficina será dirigida por un(a) Director(a) quien será nombrado(a) por el Gobernador de Puerto Rico con el consejo y consentimiento del Senado. La persona así nombrada deberá tener conocimiento y experiencia en administración de recursos humanos y asuntos laborales.