§ 64. Programas para fomentar relaciones con otros países—Informes a la Asamblea Legislativa
PR Laws tit. 3, § 64 (2018) (N/A)
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Al comenzar sus trabajos la Asamblea Legislativa de cada año será deber del Secretario de Estado enviar un informe a la Asamblea Legislativa sobre los programas realizados y desarrollados con cargo a estos fondos.