§ 1172. Cargo por servicio

PR Laws tit. 3, § 1172 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Los agentes de viaje que emitan boletos a los fines de este capítulo, podrán cobrar un cinco por ciento (5%) del precio de los boletos aéreos hasta un máximo de veinticinco dólares ($25), por cada boleto como cargo por servicio por las transacciones realizadas, de no recibir la comisión de parte del emisor del boleto.