El Director de la Oficina de Personal prescribirá aquellas reglas y reglamentos que estime necesarios para la mejor aplicación de las secs. 741 a 745 de este título en cuanto a los funcionarios y empleados comprendidos en los Servicios Por y Sin Oposición; Disponiéndose, que las reglas y reglamentos aplicables al Servicio Exento serán prescritos en consulta con el Director del Presupuesto; Disponiéndose, además, que el Director del Presupuesto determinará la forma en que se harán las transferencias de fondos que sean necesarias por virtud de las secs. 741 a 745 de este título.