§ 703f-5. Licencia voluntaria de servicios de emergencia—Compensación
PR Laws tit. 3, § 703f-5 (2018) (N/A)
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La agencia concernida compensará a todo funcionario que se acoja a esta licencia con la misma remuneración económica por las horas regulares de trabajo que el funcionario se ausente de su trabajo en la agencia.