§ 18e. Muebles

PR Laws tit. 3, § 18e (2018) (N/A)
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Los muebles existentes en La Fortaleza y las futuras adquisiciones cuando sean declaradas de valor histórico o artístico entrarán a formar parte de las propiedades públicas y serán inalienables.

Aquellos salones o habitaciones que el Comité declare como históricos o del patrimonio histórico y que hayan sido clasificados como tal en la Orden Ejecutiva que dicte el Gobernador proclamando el documento de política pública de restauración, conservación y mejoramiento de la Fortaleza, no podrán ser alterados significativamente de forma que le reste o varíe su valor histórico.