§ 413a. Convenios con otras agencias para llevar a cabo obras públicas; transferencia de fondos

PR Laws tit. 3, § 413a (2018) (N/A)
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(a) Se faculta al Secretario de Transportación y Obras Públicas a entrar en convenios con agencias, departamentos, corporaciones públicas, instrumentalidades o dependencias, o subdivisiones políticas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y con agencias federales del Gobierno de los Estados Unidos de América para llevar a cabo obras o mejoras públicas permanentes. A estos efectos, se autoriza a las agencias, departamentos, corporaciones públicas, instrumentalidades o dependencias, o subdivisiones políticas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a transferir al Departamento de Transportación y Obras Públicas, los fondos asignados o que en el futuro se asignaren para obras o mejoras públicas de acuerdo con los términos de la ley o resolución que los asigne.

(b) Se faculta, además, al Secretario de Transportación y Obras Públicas cuando a su juicio lo considere más conveniente a los fines de dar el mejor cumplimiento a la ley o resolución que le asigne fondos para llevar a cabo obras o mejoras públicas, a transferir a las agencias, departamentos, instrumentalidades o dependencias, o subdivisiones políticas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, los fondos asignados por dichas leyes o resoluciones.