§ 302. Reorganización del Departamento—Aprobación por el Gobernador

PR Laws tit. 3, § 302 (2018) (N/A)
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Toda reoganización, consolidación, coordinación o supresión que en los distintos negociados, servicios, divisiones y oficinas del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, que de acuerdo con las secs. 301 a 303 de este título lleve a cabo el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, deberá tener la aprobación previa del Gobernador de Puerto Rico.