Se crea el cargo de Jefe de los Fiscales, el funcionario de mayor jerarquía en la investigación y procesamiento penal después del Secretario, quien será nombrado por el Secretario de Justicia. La persona nombrada para ocupar el cargo será un abogado admitido al ejercicio de la profesión por el Tribunal Supremo de Puerto Rico, de probada solvencia moral, reconocida capacidad y con un mínimo de diez (10) años de experiencia en la profesión legal, de los cuales debe ejercer o haber ejercido las funciones de Fiscal Auxiliar o de Distrito durante al menos cinco (5) años.
El Jefe de los Fiscales percibirá un sueldo equivalente al del Procurador General. El funcionario que sea nombrado como Jefe de los Fiscales y que a su vez ostente un nombramiento por ley, conservará los derechos y privilegios de su cargo por el término de su nombramiento como tal. Durante su incumbencia no podrá ejercer privadamente la abogacía ni el notariado.