§ 9812k. Escuelas especializadas

PR Laws tit. 3, § 9812k (2018) (N/A)
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Se dispone que las escuelas especializadas que al momento de la aprobación de esta ley estén establecidas, no podrán ser convertidas en Escuelas Públicas Alianza, ya que las mismas cumplen con los parámetros de excelencia académica establecidos por el Departamento.

El Departamento garantizará que las escuelas especializadas tengan los recursos necesarios para su sostenimiento, siempre velando que se cumpla con los parámetros de asignación básica por estudiante que establece este capítulo. El Secretario podrá asignar recursos adicionales, de ser necesario, mediante fondos federales o estatales, propuestas o auspicios del sector privado en equipo o mejoras a las facilidades.