§ 211h. Delegación en funcionarios

PR Laws tit. 3, § 211h (2018) (N/A)
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El Secretario podrá delegar en funcionarios subalternos y autorizar a éstos a subdelegar en otros funcionarios cualquier función o facultad que le sea asignada o conferida por este capítulo o cualquier otra ley, excepto que la facultad de promulgar reglamentos será indelegable.