§ 9215. Certificación de Cumplimiento

PR Laws tit. 3, § 9215 (2018) (N/A)
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(a) El nombre de la persona natural o jurídica o del negocio exento que se trate;

(b) indicación de si se trata de un incentivo o beneficio contributivo a ser emitido por primera vez, o una enmienda al incentivo o beneficio contributivo o mantenimiento de éste, incluyendo el mantenimiento de las condiciones para que no se revoque un crédito contributivo;

(c) el número de catastro de la propiedad o propiedades relacionadas al negocio;

(d) el número en el registro de comerciante;

(e) la cuenta relacionada del negocio según requerida en el Código de Rentas Internas de Puerto Rico;

(f) el seguro social patronal;

(g) la información requerida por las secs. 1411 et seq. del Título 23, mejor conocidas como la “Ley del Control de Información Fiscal y de Permisos”;

(h) la ley que ofrece el incentivo o beneficio; y

(i) la naturaleza del incentivo o beneficio.