§ 9029. Designación de beneficiarios

PR Laws tit. 3, § 9029 (2018) (N/A)
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Los asegurados deberán completar el formulario de Designación de Beneficiarios que proveerá la Asociación, y harán constar los nombres de las personas beneficiarias del seguro, en caso de muerte del asegurado.

En caso del fallecimiento de un asegurado que no haya completado la designación de beneficiarios, la Asociación tramitará el expediente de declaratoria de herederos sin cargo alguno, a la mayor brevedad posible. Estos expedientes se tramitarán por los tribunales con toda la urgencia, sin necesidad de incluirlos en un calendario especial. Toda la tramitación de estos expedientes, hasta su terminación y la expedición de certificaciones de éstos, se hará libre de derecho de clase alguna.